Micelio
Auto23 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Garcia Murillo Luz Marina·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones Y Colfondos Sa

Tema · dato duro
Proceso Sobre Nulidad O Ineficacia Del Traslado Pensional Al Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos sobre nulidad o ineficacia del traslado pensional al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Dieciséis Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el proceso ordinario laboral que promovió una ciudadana en contra de COLFONDOS y COLPENSIONES.

El propósito de la demanda es declarar la nulidad o la ineficacia del traslado de la actora al RAIS, y consecuentemente, ordenar su afiliación a COLPENSIONES, así como el reconocimiento y pago de la pensión de vejez.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte dio aplicación de la regla de decisión fijada por la Sala Plena en el Auto 406 de 2021 y reiterada en los Autos 784, 885, 906 y 952 de 2021, reiterando que corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral conocer las controversias que tengan como pretensión principal la nulidad o ineficacia de afiliaciones al RAIS y subsidiariamente la afiliación y el reconocimiento de la pensión de jubilación en el RPM.

Ello, conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 270 de 1996 y el artículo 2.4 del Código Procesal del Trabajo.

Con base en lo anterior, se ordenó el envío del expediente al Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la providencia a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Dieciséis Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Luz Marina García Murillo contra COLFONDOS y COLPENSIONES.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1147 al Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente y al Juzgado Dieciséis Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.